Colaboración del tasador I

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Como tasador independiente, ¿no sería bueno si pudiera tener fácilmente otros tasadores o expertos de campo, externos a su empresa, que colaboraran en los componentes de la tasación en los que sienta que, de otro modo, carecería de experiencia? Ciertamente, dentro de las grandes empresas de tasación comercial es común que dos o tres tasadores firmen un informe. De hecho, si un tasador joven que colabora con un supervisor redacta un informe, a menudo es un requisito legal que el supervisor lo firme. Y en muchas empresas, se requiere un MAI para firmar la certificación en todos los informes que se envían.

Sin embargo, para los tasadores experimentados y certificados que trabajan como tasadores independientes, es difícil colaborar con otros tasadores debido a los problemas de comunicación, compensación y responsabilidad que surgen. Los tasadores simplemente no saben cómo manejarlos; de hecho, no existe para ellos una infraestructura adecuada para respaldar tales arreglos.

De acuerdo con la Norma USPAP 2-3 (b), todos los tasadores contribuyentes que firmen cualquier parte del informe deben firmar la certificación. Entonces, para ser claros, los evaluadores contribuyentes no necesitan firmar la certificación, siempre y cuando no firmen ninguna parte de la tasación.

De acuerdo con el Estándar 2-3 (c) de USPAP, si el informe de un tasador depende de las contribuciones de los tasadores que no firman, entonces él tiene que asumir la responsabilidad de decidir utilizar su contribución. Y eso significa que debe tener una base razonable para creer que son competentes y no tener ninguna razón para dudar de que el trabajo sea creíble. Por lo tanto, es evidente que puede haber un riesgo adicional al utilizar tasadores contribuyentes que no estén dispuestos a firmar el informe completo. Sin embargo, si los evaluadores que contribuyen tienen mucho más conocimiento y experiencia en áreas específicas, de hecho podría ser convincente, si no obligatorio, buscar su ayuda externa.

El cliente puede tener requisitos adicionales para la certificación, que requieren que los tasadores contribuyentes firmen algún tipo de certificación que se refiere solo a su contribución real y requiere o no que aprueben el informe completo. La Norma USPAP 2-3 (d) parece manejar esto, con la indicación de que se agregue una segunda certificación complementaria al informe.

Entonces, en conclusión, esto es lo que podría recomendar:

1. A los evaluadores contribuyentes se les puede dar la opción de aprobar todo el informe. Eso significaría que deben guardar copias del informe y el archivo de trabajo según USPAP.

2. O bien, el tasador que firma puede incluir una certificación complementaria en el informe que identifique a los tasadores contribuyentes y su contribución. Además, no hay nada que evite las obligaciones contractuales entre el tasador que firma y el contribuyente que van más allá de la USPAP. Por ejemplo, los tasadores contribuyentes podrían acordar respaldar su contribución en los tribunales en caso de que surjan problemas legales. Las limitaciones de responsabilidad expresadas por los tasadores contribuyentes probablemente tendrían que ser transferidas al cliente por el tasador firmante. En la carta de compromiso, puede encontrar palabras similares a: “El desarrollo del modelo estadístico fue realizado por el Sr. John Doe, y si surgieran problemas de responsabilidad relacionados con el desarrollo del modelo estadístico, nuestra responsabilidad con respecto a este El análisis y la decisión de emplear al Sr. John Doe, está limitada por limitaciones contractuales con el Sr. John Doe, quien tiene una limitación de responsabilidad por instancia de $ 10,000 ”. Tenga en cuenta que la redacción real deberá comprobarse con un abogado de bienes raíces de confianza.

3. Hay dos términos, un término interesante que ha aparecido en mi investigación:

una. Evaluador colaborador no disidente

B. Evaluador colaborador disidente

Por lo tanto, parece que un tasador colaborador puede estar en desacuerdo con las conclusiones finales del informe; y por lo tanto ciertamente no lo firmaría. Pero el punto es que esto parece una buena terminología y subraya el hecho de que un evaluador colaborador no necesariamente está de acuerdo con otros aspectos del informe, sobre los cuales no tiene control.

Por lo tanto, parece que desde la perspectiva de la USPAP, no hay nada que impida a los tasadores depender de las contribuciones de otros tasadores, siempre que tengan una base razonable para creer que son competentes.

Sin embargo, la idea de que pequeños tasadores independientes colaboren en redes para competir con las grandes empresas, debería infundir miedo en los corazones de las grandes empresas. Habiendo trabajado en una empresa tan grande, me atrevería a adivinar que con el tiempo, las redes peer-to-peer de tasadores independientes superarían a las empresas más grandes con tasadores contribuyentes de mayor calidad y sin las ineficiencias de las organizaciones burocráticas. Sin embargo, al mismo tiempo, las grandes empresas a menudo se dedican a la subcontratación, por lo que dicha colaboración también podría beneficiarlas.

El siguiente tema que debe abordarse es la comunicación. Debe establecerse una red segura y fácil de usar que permita intercambiar información fácilmente entre evaluadores colaboradores. He configurado estas redes y creo que RabbitMQ ofrece la mejor solución.

Aquí hay una descripción esquemática del proceso:

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